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Los fraudes inmobiliarios, pueden ir desde la falsificación de documentos, hasta usurpación de identidad y la venta de inmuebles que no están en el comercio.

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Todos conocemos la historia de algún familiar, amigo o usuario de servicios notariales que ha sido víctima de fraudes inmobiliario, situación que para resolverse requiere de mucho tiempo y dinero. Y es que, los fraudes inmobiliarios, pueden ir desde la falsificación de documentos (identificación, títulos de propiedad, boletas de predio y agua, etc), hasta usurpación de identidad y la venta de inmuebles que no están en el comercio.

Por ello, es importante considerar que al hablar de “transmisión” de inmuebles, quedan comprendidas todas las formas por las que una persona, física o moral, puede adquirir la propiedad de un bien inmueble, comprendiéndose, entre otros, la compraventa, donación, permuta, adjudicación de bienes por herencia, adjudicación de bienes por remate, dación en pago, aportación a un fideicomiso, etc.

A partir de ello, la única forma para transmitir un inmueble es a través de una escritura pública otorgada ante Notario Público. Con estos antecedentes, a continuación se ofrecen 5 recomendaciones para evitar los fraudes inmobiliarios. 

ASESÓRATE CON TU NOTARIO

El primer consejo (y posiblemente el más valioso que te podemos dar) es que siempre que vayas a adquirir un bien inmueble, ya sea por compraventa, donación o cualquiera otra vía, busques la asesoría de un Notario. Esto debes hacerlo antes de firmar cualquier documento, entregar alguna cantidad de dinero o incluso antes de que lleves a cabo cualquier acuerdo. El Notario te ayudará a verificar ciertos aspectos básicos del inmueble, como son:

  1. Que la persona que está ofreciendo vender o transmitir un bien inmueble, verdaderamente sea el dueño, y que asimismo, tenga la posibilidad de enajenar el bien inmueble. Es muy importante verificar la autenticidad de la identificación del vendedor, a través de los sistemas informáticos que tiene el notario en su oficina, y que no se trate de un usurpador. El notario deberá revisar si es el único dueño del inmueble, o si existen más personas (copropietarios) que sean dueños del mismo inmueble.
  2. Asegurarse de que no haya un proceso de sucesión en el que tenga que ver alguna persona ya fallecida.
  3. Que la propiedad no tenga algún gravamen que conste inscrito en el Registro Público de la Propiedad, ya sea una hipoteca, fianza o algún embargo.
  4. Que el inmueble no se encuentre dado en arrendamiento, porque en su caso, el arrendatario goza del derecho del tanto en el caso de venta.

INVESTIGA A TU ASESOR INMOBILIARIO

Recuerda que para el caso de que exista algún agente inmobiliario, es importante revisar que éste sea auténtico y confiable. Todos los corredores inmobiliarios o agentes de bienes raíces deben tener registrado su contrato ante la PROFECO para estar en posibilidad de ofrecer en venta un inmueble, por lo que, exigir su registro, es un buen punto de partida.

CONOCE A TU CONTRAPARTE

Debes conocer a la persona con la que estás contratando. Si eres el comprador y tu vendedor es una persona moral, es decir una empresa, te sugerimos investigar al desarrollador inmobiliario. En la página de internet de la PROFECO (burocomercial.profeco.gob.mx) existen listas de promotores inmobiliarios que han incurrido en incumplimientos. Para estos efectos también te recomendamos solicitar a la empresa vendedora que te muestren los permisos y licencias de construcción.

COMPRUEBA EL ESTADO REAL DEL INMUEBLE

Debes revisar a detalle y con un especialista el estado real del inmueble. Recuerda que ni tú, ni el notario, ni tu asesor inmobiliario, tendrán acceso a cuestiones como tuberías, cableado eléctrico, instalaciones de gas, etc., por lo que para evitar vicios ocultos es importante  revisar el estado físico del inmueble  y confirmar que no tiene problemas que impidan su uso adecuado.

EVITA EL USO DE EFECTIVO

Para el caso de que el comprador tenga que realizar un pago, la contraprestación no puede ser entregada en efectivo. Los métodos de pago más recomendados son las transferencias electrónicas de fondos o los cheques bancarios certificados, ya que, con fundamento en la Ley Federal de Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de procedencia Ilícita, está prohibido pagar más de $697 mil 212.00 pesos M.N. en efectivo en la compra de inmuebles.

Finalmente, el propio fedatario se cerciorará de que el inmueble esté al corriente en los pagos del impuesto predial, derechos por el suministro de agua potable y alguna otra contribución administrativa. Asimismo, se debe verificar que los pagos de luz, teléfono y cuotas de administración estén al corriente. Por último, cuando hayas firmado la escritura debes ocupar de inmediato el inmueble, ya que dejar desocupado un inmueble por algún tiempo, incrementa el riesgo de ser sujeto de un delito (despojo).

Recuerda siempre que el Notario es tu mejor aliado para proteger tu patrimonio y en especial tu inmueble, así que acude desde el primer instante del proceso de adquisición de un inmueble con tu notario de confianza, y así podrás tener toda la información de cómo realizar una transacción segura.

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Notario 29 de la Ciudad de México

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