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Uno de los requisitos es contar con la Escritura Pública inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

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Como dueño de una propiedad, se adquieren ciertas responsabilidades como el pago de agua, luz, entre otros; y uno de los más importantes es el predial. Por eso, te compartimos de qué se trata este impuesto y el proceso para cambiar el titular en caso de que lo requieras.

Antes, tenemos que decir que el predial es un un pago requerido anualmente por los gobiernos municipales, en el caso de la Ciudad de México (CDMX), le corresponde a la Secretaría de Administración y Finanzas la recaudación de este impuesto que se utiliza para el mejoramiento de instalaciones públicas (escuelas, hospitales y oficinas de gobierno), obras urbanas o provisión de servicios públicos.

 

¿Cómo calcular el monto del predial?

Se determina por ciertos factores del inmueble a la hora de hacer el avalúo catastral. Algunos de los factores físicos evaluados de la vivienda son:

-Tipo de inmueble: Casa habitación, local comercial, oficina, bodega industrial u otro.

-Superficie: Medición de todo el terreno, excluyendo por completo la edificación.

-Construcción: Toda el área de construcción, omitiendo la superficie del terreno.

-Edad del inmueble: El tiempo de existencia que tiene la edificación, ya que las propiedades nuevas gravan más impuestos que los antiguos.

 

 

¿Cómo hacer el cambio de titular del predial?

Si piensas vender tu inmueble, Inmuebles24 recomienda que priorices el cambio de titular del predial para que, a partir del momento en que deja de ser tuyo, esa obligación se traslade al nuevo dueño de la vivienda.

 

Los requisitos para cambio o corrección de nombre son:

-Contar con la Escritura Pública inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la CDMX.

-Identificación oficial vigente, como INE, pasaporte o cédula profesional.

-Última boleta predial pagada.

-En caso de promover a nombre de otra persona, presentar Poder Notarial o Carta Poder simple, firmada por el otorgante, apoderado y dos testigos (acompañada de credenciales oficiales de todos los involucrados).

 

En caso de contar con un Contrato Privado de Compra-Venta, Cesión de Derechos, Sentencia Judicial con acuerdo de cause de ejecutoria (Prescripción Positiva, Inmatriculación Judicial, u otro de posesión) deberá estar inscrito ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la CDMX.

 

Además, la petición deberá estar firmada por el interesado o representante legal. De esta manera, se iniciará con el trámite en las oficinas de la Secretaría de Administración de Finanzas de la Ciudad de México. No olvides dar seguimiento hasta que quede concluido.