|  

Los cambios aprobados por el Congreso permiten a la autoridad evitar trámites de la Ley de Régimen Patrimonial; advierten vacío legal.

304 No me gusta33

Aunque fue hace unos días cuando el Pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó la semana pasada reformas a la Ley de Reconstrucción para que el gobierno local pueda evitar trámites de la Ley de Régimen Patrimonial, que pueden tomar un año, con el objetivo de agilizar la regularización de títulos de los damnificados del sismo del 19 de septiembre del 2017, este día se dio a conocer la supuesta existencia de inconsistencias legales.

Y es que quedaron pendientes las nuevas reglas que guiarán a las autoridades. Al modificar los artículos 26 y 41 de la Ley de Reconstrucción, el Poder Legislativo dispuso que dicha Comisión podrá transferir a los damnificados, "a título gratuito u oneroso", los inmuebles resultantes de los procesos de regularización, incluyendo aquellos que se adquieran por vías de derecho público y en su caso privado.

Fue Jorge Gaviño, diputado del PRD, quien dijo que la Ley de Régimen Patrimonial consideraba los pasos y las formas en las que un bien se puede desincorporar del gobierno de la Ciudad de México. No obstante, agregó que aunque era un tema muy burocrático, existe es un vacío legal que puede llevar a opacidad en la manera en la que se entregan las viviendas.

Por su parte, Esperanza Villalobos, diputada por Morena, reconoció que no se estableció una nueva normativa, pero confió en que se transparentarán los procesos por parte de la Comisión para la Reconstrucción, que deberá rendir cuentas al Congreso cuantas veces sea necesario. Putualizó que en mesas técnicas se definirá cuáles viviendas serán gratuitas y cuáles se cobrarán, de acuerdo con el diario.

Cabe destacar que la ley establece que en el caso de las personas damnificadas que no puedan acreditar la legítima propiedad de un inmueble, el Gobierno de la Ciudad podrá intervenir por causa de utilidad pública para realizar una adquisición por vía de derecho público, ya sea de manera total o parcial, para su regularización y consecuente restitución. La nueva norma contempla la redensificación como una opción para las personas damnificadas, quienes voluntariamente decidan apegarse al derecho que otorga la ley para redensificar su inmueble, es decir, para construir más niveles siempre que se respeten todos los reglamentos de seguridad en materia de construcción.

Con el propósito de recuperar el mayor metraje posible las personas damnificadas podrán optar por incrementar hasta 35% del potencial constructivo y/o redistribuir la misma superficie de edificación preexistente, cediendo un porcentaje de la superficie edificable que les corresponde.