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Aunque en México muchas viviendas rentadas cuentan con contrato de arrendamiento, los propietarios exigen al inquilino pagarés como garantía extra.

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El uso de pagarés en el arrendamiento inmobiliario es una mala práctica, incluso se puede considerar ilegal que el arrendador haga firmar estos títulos de crédito al arrendatario como una forma de evitar el impago.

Un reto en el mercado si se considera que en México hay 5.8 millones de viviendas rentadas, indican datos del INEGI, y aproximadamente la mitad cuenta con contrato de arrendamiento, pero aún así, los propietarios llegan a exigir al inquilino pagarés como garantía extra.

Como explica Gerónimo Gaxiola, director legal de Morada Uno, esto es erróneo porque el inquilino firma una doble deuda en beneficio del propietario: la del arrendamiento y la de cada uno de los pagarés.

 

¿Cómo funcionan los pagarés en el alquiler de vivienda?

Los pagarés se utilizan en este rubro para garantizar el pago de las rentas; además de la firma de un contrato de alquiler, el arrendador solicita al arrendatario firmar 12 pagarés adicionales, uno por cada monto mensual de renta. Cuando la persona paga el alquiler, el arrendador debe devolverle su respectivo pagaré, pero en ocasiones no le son devueltos.

 

Urilizarlos es una práctica abusiva en perjuicio del inquilino. Al no entregar los pagarés, el dueño tiene la posibilidad de exigir el cobro de estos ejerciendo acciones coercitivas contra el arrendatario quien queda hasta cierto punto indefenso.

 

“Un arrendador ventajoso puede quedarse y ejecutar los 12 pagarés mediante un juicio ejecutivo mercantil; cuando llegue el momento de contestar la demanda, el inquilino podrá citar que ya pagó el concepto de renta y eso será cierto, pero el propietario exigirá el pago de los pagarés. En estricto sentido, tendrá derecho a exigir ese doble pago”, señala el directivo.

 

¿Qué hacer si ya te hicieron firmar pagarés?

  • No pagues tu renta hasta que no estés seguro(a) de que te van a devolver el pagaré correspondiente a esa renta.
  • Considera que, si los pagarés no están ligados al contrato de arrendamiento, serán pagarés autónomos, es decir, 100% ajenos a tu alquiler.
  • Exige que incluya una leyenda que los ligue. De esa forma, si más adelante te demandan, podrás llevar a cabo una contestación con los pagarés y tus comprobantes de transferencias o pagos en efectivo correspondientes.

 

 

¿Qué alternativas a los pagarés en el arrendamiento existen hoy?

En vista de que esta no es una forma justa de abordar el arrendamiento de una casa o departamento deviene en el surgimiento de alternativas como el de 'renta puntual': cuando hay incumplimiento de pago del inquilino, se obliga frente al arrendador, a pagarle la renta a mes vencido, lo que es más eficaz y seguro que tener pagarés.

Un ejemplo: si incumplen el pago de la renta en el segundo mes y tiene los pagarés, se podrán presentar hasta que el incumplimiento tenga lugar. Desde ese momento, hasta que pueda cobrar, pueden pasar dos o tres meses más. Aprovechar herramientas como el de renta puntual hace que, al mes vencido, se cobre la renta, detalla.

 

 

Gracias a opciones como esta, iniciativa de la proptech 100% mexicana, es posible asegurar el pago de la renta puntual por mes y hasta los 12 meses de vigencia de un contrato de arrendamiento.

“Los pagarés no solo son anticuados en el contexto actual, sino que también ofrecen una protección muy pobre. Que se tenga la posibilidad de individualizarlos para generar un doble adeudo es muy injusto e incomprensible”, finaliza Gaxiola.