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Pese a que la norma no contempla sanciones, se deberá tomar en cuenta la Ley de Protección al Consumidor.

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La Nueva Norma Mexicana (NOM) 247 SE 2021, que regula la operación de compra y venta de una vivienda, será positiva para el sector inmobiliario, depurándolo de malas prácticas en la comercialización de inmuebles.

Lo anterior porque esta nueva norma impulsará mejores prácticas entre agentes inmobiliarios y velará por los derechos de quienes desean adquirir una propiedad, considerando para ello la Ley de Protección al Consumidor.

Así lo consideraron expertos al participar en la reciente emisión de ‘Inversiones Inmobiliarias’, y coincidieron en que la NOM permitirá detonar la capacitación y profesionalización del sector en beneficio de los clientes.

 

La norma llega con el objetivo de proteger al consumidor de malas prácticas en la comercialización de inmuebles nuevos o usados.

 

Julio César Gallardo, asesor legal de la Asociación de Profesionales en Comercialización Inmobiliaria (APCI), destacó que la norma aplicará para todo aquel cuya actividad profesional sea la venta de inmuebles nuevos o usados.

En términos generales, destacó que la NOM 247 SE 2021 busca eliminar la publicidad engañosa, es decir, que lo que se ofrece del inmueble al momento de promover la venta, se cumpla y se concrete con la firma.

El principal mensaje, dijo el asesor citado en un comunicado, es que lo que hagas y ofrezcas desde la caseta de ventas o desde que promueves una propiedad, tiene que ser simétrico con lo que va a quedar en el contrato.

 

 

“Hay dos fases: la precontractual, que involucra la información, publicidad y datos del desarrollo o vivienda, y luego como lo plasmas en el contrato. Es conceptualmente fácil, porque si tú dices que tiene tantos metros cuadrados, tantos baños, tal calidad, eso se debe cumplir en el contrato”.

Fabiola Pérez, presidente de la Comisión de Vivienda de Coparmex Estado de México, indicó que la NOM no contempla sanciones en específico, pero sí un apartado de “bonificaciones”.

Con esto, la reglamentación marca que en caso de fallas en la vivienda, se tendrá que retribuir al comprador de hasta 30% del valor de la casa, y si son fallas no tan graves, es hasta el 5 por ciento.

Destacó que también se maneja la restitución del inmueble, esto es que se cambie por otro y en caso de no cambiar, se puede hacer la devolución del enganche con intereses.