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Durante el proceso de venta de una propiedad, la recomendación es contar siempre con un especialista, por ejemplo en temas fiscales, para evitar errores u omisiones, toma nota.

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Como dueño de una propiedad, tienes un activo que puedes rentar o vender; en caso de que decidas vender, es importante que conozcas las obligaciones que tienes como vendedor en temas fiscales y aspectos financieros y legales.

“Vender una propiedad hace necesario que estés al día respecto a las disposiciones fiscales y reglas que influyen en la determinación de impuestos, por eso es recomendable tener un asesor especializado en el tema. De esta forma puedes estar seguro de que estarás cumpliendo con el pago de impuestos correcto”, señaló Karla González Montoya, Marketing Manager B2C de Inmuebles24.

 

Impuestos que debes pagar al vender una casa

En cuanto a este tema, el portal de clasificados online indicó que un impuesto a pagar por enajenación de bienes inmuebles es el Impuesto Sobre la Renta (ISR). El monto a pagar por este impuesto no es fijo, se calcula como un porcentaje del valor del inmueble.

Además del ISR por enajenación, es posible que se deban pagar otros impuestos relacionados con la venta de una casa, como el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en casos específicos.

 

 

Las exenciones y deducibles de impuestos al vender una casa solo son posibles en ciertos casos, aunque se deben cumplir algunas características establecidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por ejemplo:

  • No haber vendido otra propiedad en los 3 años previos a la transacción que se quiere exentar.
  • El valor de la propiedad que se vende debe ser igual o menor a 700 mil unidades de inversión (UDI). Esto equivale aproximadamente a MXN 5,225,861. Si el valor del inmueble excede este límite, se debe pagar el ISR correspondiente.

 

Lo que recomiendan los expertos es consultar a un asesor fiscal para que te oriente sobre los deducibles aplicables y maximizar las oportunidades de disminuir la carga tributaria.

 

Algunos deducibles que permiten recortar el impuesto sobre la renta (ISR) son:

  • Costo comprobado de adquisición: Se refiere al monto pagado al adquirir el inmueble. Si la compra se realizó antes de abril de 2014, se puede acreditar con la escritura correspondiente. En el caso de compras posteriores a esa fecha, se puede utilizar la factura emitida por el notario o por el desarrollo inmobiliario.
  • Honorarios notariales: Los honorarios pagados al notario por los servicios prestados también son deducibles. Es indispensable contar con la factura correspondiente emitida por el notario.
  • Comisiones: Si se contrató a un agente de bienes raíces para llevar a cabo la venta, el monto de la comisión pagada puede ser deducible. Es importante contar con la documentación que respalde esta transacción, como la factura o el contrato de servicios del agente.
  • Construcción y mejoras: En caso de que se hayan realizado construcciones o mejoras en la propiedad antes de la venta, estos gastos también pueden ser deducibles. Para acreditarlos, se requiere contar con las facturas correspondientes de los materiales, servicios y trabajos realizados, así como el aviso de terminación de obra, si aplica.

 

La escritura debe llevar sellos del Registro Público

Recuerda que, “si no cuentas con la escritura del inmueble con los sellos correspondientes del Registro Público en original, será necesario que la tramites y pagues los costos asociados. Esto es esencial para garantizar la legalidad y validez de la venta, y puede implicar gastos relacionados con la gestión notarial y los derechos de registro”, se indicó.

 

Al calcular el costo total de la venta de un inmueble, es importante tener en cuenta estos gastos adicionales. Como cada situación puede ser única, se recomienda a las agencias inmobiliarias contar con asesoría financiera especializada que maneje los aspectos específicos y evite sorpresas durante el proceso de venta.